jueves, 22 de marzo de 2012

ESTATUTO ANTICORRUPCION EN LA CONTRATACION PÚBLICA


En Colombia, el tema de las contrataciones ha tenido múltiples problemas, esto se debe a la falta de honestidad y responsabilidad de los contratistas encargados de las distintas obras publicas. Los robos o desfalcos que sufren los dineros del estado destinados a construir las obras para la comunidad, son muchos y casi siempre se ve involucrada una considerable suma de dinero, que viendo las necesidades de la comunidad esas sumas son de gran importancia para poder suplirlas.

El Estatuto anticorrupción en la contratación pública tiene un punto que trata de la responsabilidad de los interventores,  establece que los consultores y asesores externos responderán civil, fiscal, penal y disciplinariamente  tanto por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de consultoría o asesoría, como por los hechos u omisiones que causen daño o perjuicio a las entidades. Los interventores también responderán por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de interventoria. 
Los interventores tendrán responsabilidad si ocultan o saben de un acto que vaya en contra de la ley y no lo reportan ante las entidades encargadas de estos casos, de esta manera también tendrá que presentarse ante la justicia, ateniéndose a multas y sanciones pactadas en el contrato, además de hacer efectiva la cláusula  penal.
El estatuto de anticorrupción se puede considerar como una herramienta para que los encargados de aplicar las leyes puedan denunciar y controlar los actos indebidos que se presenten en cuanto a contratación de obras públicas y privadas.

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